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¿Cuándo y cómo liquidar el Impuesto de Sucesiones sin aceptar la herencia?

Es probable que muchas veces hayas oído hablar de cómo liquidar el Impuesto de Sucesiones de una herencia, y de su diferencia de tipo impositivo dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se encontrase empadronado el fallecido.

Pues bien, a través de este artículo te vamos a contar la obligación legal de liquidar el impuesto de sucesiones sin aceptar la herencia, ya que en contra de lo que mucha gente piensa, la liquidación del Impuesto de Sucesiones tras el fallecimiento de una persona no va irremediablemente unido a la realización de Escritura de Herencia y Adjudicación. Muchos otros también se preguntan, ¿se puede pagar el impuesto de sucesiones antes de aceptar la herencia?

¿Cómo puedo liquidar el Impuesto de Sucesiones de una herencia?

Debemos de tener muy claro el plazo que la ley nos otorga para liquidar el Impuesto de sucesiones, el cual es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Antes de esos seis meses hemos debido de obtener toda la documentación suficiente y necesaria para elaborar, a través de medios telemáticos, el Impuesto de Sucesiones (modelo 650), en dicho impuesto hay que dejar constancia de todos y cada uno de los bienes urbanos, rústicos, vehículos, seguros de vida, saldo de todas las cuentas bancarias de titularidad del fallecido en la fecha del fallecimiento, y cualquier otro bien que tuviera a su nombre, así como los datos personales del fallecido (legalmente denominado causante) y de todos los herederos.

Una vez realizado el impuesto, e impresos los correspondientes documentos de pago y anexos, debemos abonar la cantidad resultante, en el caso de que exista cantidad a abonar, y presentar el impuesto abonado junto a toda la documentación que acredite todos los datos incorporados a dicho impuesto, en la Oficina Liquidadora correspondiente al domicilio en el que el causante estuviere empadronado.

Nos encontramos ante una serie de trámites arduos y complejos, es por ello por lo que ponemos a vuestra disposición los servicios de Celdrán Abogados, especialistas en Derecho Civil en materia de tramitación y en cómo liquidar Impuesto de Sucesiones sin aceptar herencia para ayudaros a que en esos momentos delicados solo estéis centrados en lo verdaderamente importante y no tengáis que preocuparos de lo innecesario.

1 comentario en «¿Cuándo y cómo liquidar el Impuesto de Sucesiones sin aceptar la herencia?»

  1. Buenos días,
    Liquidamos (auto) el impuesto de sucesiones en plazo (6 meses del fallecimiento de mi padre. Nuestro partidor ha tardado dos años en realizar la partición y nos acaba de entregar la escritura de partición. ¿Como debo validar esta para que me la sellen y poder cobrar lo que me corresponde?. ¿Lo puedo hacer de forma remota?.
    Gracias anticipadas,
    Alicia

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