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El Tribunal Supremo fija el límite del interés moratorio en los préstamos personales suscritos entre los Bancos y los consumidores

Muchas de las personas que solicitaron en su momento un préstamo personal a su banco o a una entidad financiera, firmaron sin su conocimiento unos interés (interés moratorio en préstamos personales) en caso de impago que en la mayoría de los supuesto son nulos, como así lo ha declarado nuestro Tribunal Supremo, debido a que los mismos son abusivos para el consumidor.
Así las últimas sentencias del Tribunal Supremo han venido a confirmar la ya conocida sentencia del mismo este mismo Tribunal de fecha 22 de abril de 2015. Unificando los distintos y dispares criterios mantenidos por los Juzgados y Audiencias Provinciales.

Doctrina del Tribunal Supremo sobre los Intereses Moratorios en los prestamos personales “Esta Sala del Tribunal Supremo considera ABUSIVO un INTERÉS DE DEMORA que suponga un incremento de MÁS DE DOS PUNTOS porcentuales respecto del INTERÉS REMUNERATORIO PACTADO en un PRÉSTAMO PERSONAL”.

¿Qué es el interés moratorio en préstamos personales?

Es el tipo de interés fijado por el banco, y el cual se devenga ante el impago por parte del consumidor de las cuotas pactadas de amortización. Es muy habitual que el mismo oscile entre el 19%- 25% .El interés moratorio (también denominado intereses de demora) está diseñado para indemnizar los daños y perjuicios causados por ese incumplimiento.

*No lo podemos confundir con el interés remuneratorio que es aquel que nos cobra el banco por prestarnos el dinero.

Un ejemplo de abusividad del interés de demora

Si solicitamos  un préstamo con un interés remuneratorio para el banco del 9 %, los interés de demora no podrán supurar en ningún caso los dos puntos, es decir el interés moratorio se considerará abusivo si supera el 11%.

¿Qué ocurre si la cláusula del interés de demora es declarada nula por abusividad?

La abusividad de la cláusula del interés de demora implica la SUPRESIÓN de la misma. La consecuencia es que el capital pendiente de amortizar solo devengará el INTERÉS ORDINARIO(“interés remuneratorio”), según el Tribunal Supremo.

Celdrán Abogados y su equipo de especialistas en derecho bancario se pone a tu disposición para reclamar a su banco y recuperar el dinero abonado de más por concepto moratorio. Si tiene alguna duda  sobre el interés moratorio en préstamos personales no dude en contactar con el nosotros y se la solucionaremos.

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