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Ojo con los plazos - Celdrán Abogados

Ojo con los plazos

1. Solicitud de Complemento: Esta fase implica la presentación de una solicitud al INSS
para un beneficio o complemento específico.
2. Resolución de INSS Denegatoria: Si el INSS decide no otorgar el beneficio solicitado,
emitirá una resolución denegatoria.
3. Presentación de Reclamación Previa en 30 Días Desde la Denegación: Si no estás de
acuerdo con la decisión del INSS, tienes un plazo de 30 días desde la notificación de la
denegación para presentar una reclamación previa. Esta es una etapa obligatoria antes
de poder acudir a la jurisdicción social.
4. El INSS Tiene 45 Días para Contestar: Una vez presentada la reclamación previa, el
INSS tiene un plazo de 45 días para responder.
5. Si No Contesta, Se Entiende Desestimado: Si el INSS no responde en este plazo de 45
días, se entiende que la reclamación ha sido desestimada por silencio administrativo.
6. Presentación en 30 Días de Demanda Judicial: Si la reclamación previa es desestimada
(ya sea explícitamente o por silencio administrativo), dispones de 30 días para
presentar una demanda ante la jurisdicción social.

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