La novedosa sentencia dictada por el Tribunal Constitucional de fecha 26 de octubre de 2021, por la cual se declara la inconstitucionalidad y nulidad de método objetivo para calcular la base imponible del impuesto de la plusvalía ha conllevado que multitud de contribuyentes vean reconocido su derecho a la devolución de un impuesto que no debería haberse cobrado, pero también ha generado numerosas dudas a los contribuyentes sobre quienes pueden reclamar la plusvalía abonada y en qué términos.
Abusos bancarios al consumidor de tarjetas revolving: sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 523/2022
El portal digital elderecho.com, especializado en actualidad legal en el territorio nacional, ha publicado hoy un artículo de nuestro Socio Director José Miguel Celdrán, el cual trata de aclarar la … Leer más