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Liquidación de Sociedad de Gananciales de Mutuo Acuerdo VS Liquidación de sociedad de gananciales judicial

La liquidación de la sociedad de gananciales consiste en realizar las operaciones necesarias para terminar con el régimen económico matrimonial y repartir el patrimonio manera equitativa entre los cónyuges.

Existen dos maneras de proceder a liquidar la Sociedad de Gananciales:

Liquidación de Sociedad de Gananciales de Mutuo Acuerdo

Los cónyuges pueden incluir la liquidación de sociedad de gananciales de mutuo acuerdo en el convenio regulador que presenten junto a la demanda de separación o divorcio, de esta forma todo se resolvería en el proceso de separación o divorcio de mutuo acuerdo.

Cabe la posibilidad de realizar la liquidación de sociedad de gananciales de mutuo acuerdo en un convenio posterior al proceso de separación o divorcio. Se deberá seguir el mismo procedimiento consensual, los cónyuges se ratificarán en la propuesta presentada y se realizará la liquidación.

En el caso de que los cónyuges no se quieran separar pero sí proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales de mutuo acuerdo, deberán acudir al Notario y adjudicar los bienes a cada cónyuge como deseen.

Estos son sin duda los mejores procedimientos para proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales, puesto que de manera consensuada y amistosa ambas partes se adjudican el patrimonio sin intervenir un Juez ni entrar en un largo procedimiento judicial.

Liquidación de sociedad de gananciales judicial

La liquidación de sociedad de gananciales judicial es un procedimiento muy largo y costoso para las partes, tanto en la parte económica como en la parte emocional. Ésta, debe seguir los cauces establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Esta liquidación de sociedad de gananciales judicial puede hacerse de manera conjunta a la demanda de divorcio o separación, o en una demanda separada, dependerá de como lo soliciten las partes.

Admitida la demanda se solicitará un inventario de bienes y deudas de la sociedad. Posteriormente, se fijará fecha para la formación de inventario donde podrá llegarse a un acuerdo por los cónyuges o, en caso de controversia, deberá fijarse fecha de vista ante el Juez. Finalizado el inventario de cualquiera de las maneras, se declarará disuelto el régimen económico matrimonial, debiendo presentar los cónyuges una propuesta de liquidación final que incluya los beneficios y las deudas que la sociedad tiene con cada uno de los cónyuges.

Si tiene cualquier duda, desea conocer a fondo los procedimientos para la liquidación de sociedad de gananciales de mutuo acuerdo o judicial y necesita la ayuda de Abogados profesionales para disolver la sociedad de gananciales de mutuo acuerdo o por vía judicial, Celdrán Abogados pone a su disposición un equipo de especialistas en Derecho de Familia que le ayudará durante todo el proceso.

1 comentario en «Liquidación de Sociedad de Gananciales de Mutuo Acuerdo VS Liquidación de sociedad de gananciales judicial»

  1. Los cónyuges no se quieren separar pero sí proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales de mutuo acuerdo,. De ganancial sólo hay efectivo en cuentas y una vivienda habitual pagada. Sería suficiente acudir al Notario con inventario y adjudicar los bienes a cada cónyuge de forma equitativa?
    La vivienda habitual se valoraria y si se vende a posteriori, la mitad para cada uno. En este caso habría que pagar PLUS VALIA?

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