Sentencia Gastos de Hipoteca

Celdrán Abogados obtiene sentencias sobre gastos de hipoteca  satisfactorias y pioneras en este campo

Descarga aquí la sentencia completa de gastos de hipoteca

Desde el equipo que formamos Celdrán Abogados, queremos compartir con ustedes los nuevos cambios que se han ido produciendo en el panorama legal, y las sentencias de gastos de hipotecas que se hasta ahora se han fallado por los juzgados y tribunales.

Recientemente, en Junio de 2017, entraron en funcionamiento los juzgados 101 bis de Madrid, juzgados especializados en materia de derecho bancario, entrando estos tribunales a conocer de todos los procedimientos relativos a gastos hipotecarios, cláusula suelo, vencimiento anticipado, entre otros, erradicando así la antigua competencia de los tribunales de primera instancia de la localidad donde se hubiera firmado el préstamo hipotecario. Actualmente son muy escasas las sentencias sobre gastos de hipotecas  dictadas por este juzgado.

Por su parte, el Tribunal Supremo, en su sentencia de gastos de hipoteca más famosa de 23 de Diciembre de 2016, considera que son nulas todas aquellas cláusulas que impongan al deudor la obligación de abonar los gastos relativos a notaría, registro, actos jurídicos documentados, puesto que estos gastos deben ser abonados por quien tiene el interés principal en la inscripción de la escritura de préstamo, que en este caso es el banco.

El tenor literal de la cláusula, cuya nulidad ha declarado el Tribunal Supremo, es el siguiente: “Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, siendo igualmente a su cargo las primas y demás gastos correspondientes al seguro de daños, que la parte prestataria se obliga a tener vigente”.

Siguiendo estos pronunciamientos, hemos obtenido sentencias sobre gastos de hipoteca  satisfactorias y pioneras en este campo, como la sentencia N º 234/2017, dictada en el Juzgado de Instancia nº 4 de Móstoles, donde nuestro cliente y vecino de Móstoles dirige contra LIBERBANK su reclamación. La sentencia nos vuelve a dar la razón, pues declara la nulidad de la cláusula quinta, que impone al consumidor el pago de todos los gastos relativos a la constitución de la hipoteca, incluyendo, gastos de tasación de la vivienda, gastos de IAJD (Impuesto actos jurídicos documentados), gastos de notaría y registro, e incluso la comisión de apertura.

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