El Tribunal Supremo declara nulas las hipotecas multidivisas si hubo falta de transparencia
Durante los años de pujanza de la burbuja inmobiliaria, cuando los precios de los inmuebles se encontraban en la estratosfera, muchas personas que aspiraban a acceder a una vivienda decidieron utilizar una herramienta financiera desconocida para el común de los mortales y, aconsejados la mayoría de las veces por su director de banco de cabecera, contrataron una hipoteca en moneda extranjera, también conocida como hipoteca multidivisa.
La moneda solía ser el yen, o el franco suizo, porque durante periodos de tiempo muy extensos habían mostrado su solidez y estabilidad, de forma que la decisión se tomaba sin demasiadas explicaciones, porque era “imposible” que nada alterase esa situación, y las ventajas resultaban evidentes.
Pero con la crisis financiera esas hipotecas multidivisa “a prueba de bombas” se han convertido, para muchas personas, en una trampa en la que se encuentran prisioneros empujando, como Sísifo, una enorme piedra (el valor del préstamo hipotecario) ladera arriba, para descubrir, cuando llegan a la cima, una y otra vez, que la piedra vuelve a caer ladera abajo, para encontrarse, algunos años después de haberlas constituido, que aún deben prácticamente lo mismo que cuando las firmaron, llenos de ilusión, y contemplando cómo muchos de sus vecinos, que las contrataron en euros, están ya a punto de terminar de pagarlas.
Esta pesadilla tiene sus días contados gracias a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 20 de septiembre pasado, en la que determina que, cuando el banco ha vendido ese producto a una persona no experta, y además lo ha hecho con falta de transparencia, es decir, sin explicarle los problemas que podían derivarse del uso de otras monedas, de la variación del tipo de cambio, y sin especificarle claramente que corría el riesgo de llegar a deber más de lo prestado, deben declararse la nulidad de la hipoteca multidivisa al considerarse nulas las cláusulas que afectan a esos aspectos, lo que abre la puerta, con altísimas probabilidades de éxito, a la reclamación por vía judicial de todas las hipotecas que se encuentran en la situación descrita.
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