El Tribunal Constitucional anula el impuesto de plusvalía municipal cuando hubo ganancia y aquel es confiscatorio

El Tribunal Constitucional se ha vuelto a pronunciar acerca del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza urbana. Al igual que la ya conocida sentencia del 11 de mayo de 2017 este nuevo pronunciamiento supone un gran apoyo de la justicia hacia el contribuyente.

Entonces, ¿Qué sucede ahora con el Impuesto de Plusvalía Municipal?

En dicho pronunciamiento el Tribunal Constitucional ha decidido anular el impuesto de la plusvalía en aquellos casos en los que el importe a pagar supere el beneficio que realmente se ha obtenido con la venta del inmueble, considerando que este impuesto será confiscatorio aunque el sujeto pasivo haya obtenido un beneficio con la venta.

Este pronunciamiento ha sido declarado por el pleno del Tribunal Constitucional con unanimidad en los votos. La sentencia deriva de la cuestión de inconstitucionalidad que fue planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº32 de Madrid admitida a trámite el pasado mes de abril.

Así mismo, actualmente nos encontramos a la espera de un nuevo pronunciamiento sobre este asunto, ya que nuestro Tribunal Supremo también ha elevado una cuestión de inconstitucionalidad en estos términos sobre un procedimiento tramitado en los juzgados de Zaragoza, con la finalidad de conocer si el pago del impuesto cuando es superior a la ganancia era o no constitucional.

Existen numerosos casos de contribuyentes que han obtenido una mínima ganancia en la transmisión de su inmueble y que por el contrario se ven obligados a pagar plusvalías que superan en gran proporción esta ganancia.

Esta nueva jurisprudencia abre la puerta a que muchos contribuyentes puedan reclamar las altas cantidades que los ayuntamientos exigen en concepto por este impuesto de plusvalía municipal, suponiendo el pago de estas cantidades una pérdida de capacidad económica que claramente vulnera el principio recogido en el artículo 31 de la Constitución.

Desde Celdrán Abogados llevamos mucho tiempo reclamando este tipo de impuesto con la finalidad de que el contribuyente vea reconocido su derecho, ya que los Ayuntamientos a pesar de toda la jurisprudencia existente continúan cobrando el impuesto, el cual en la gran mayoría de los casos no devuelven al contribuyente a menos que éste inicie la vía de reclamación formal.

Si ha vendido o va a vender un inmueble de su propiedad y cree que no debe abonar este impuesto  no dude en ponerse en contacto con nosotros para que nuestro equipo de especialistas le asesore y pueda recuperar el impuesto de plusvalía municipal.

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