Ya se cumplen los TRES MESES y os vamos a contar que están haciendo los bancos para intentar impedir la devolución y reintegro de su dinero.
Esta es una carta tipo de contestación de los bancos…
Ya se cumplen los TRES MESES y os vamos a contar que están haciendo los bancos para intentar impedir la devolución y reintegro de su dinero.
Esta es una carta tipo de contestación de los bancos…
¿Quiere recuperar sus gastos de hipoteca? Nuestro Tribunal Supremo les ha dicho alto y claro a las entidades bancarias que todos los gastos derivados del otorgamiento de la escritura de hipoteca, de su inscripción, notaría, tasación, gestoría, registro e impuestos (actos jurídicos documentados), deben ser gastos soportados por la propia entidad bancaria y no por los clientes, como era la práctica habitual hasta ahora por parte de todas las entidades bancarias.
El Tribunal Constitucional ha tumbado una de las históricas injusticias del sistema fiscal: el pago de la plusvalía municipal cuando no se ha obtenido ganancias en la venta del piso aquellos que hayan vendido su vivienda sin beneficios no tendrán que pagar la Plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos Urbanos) como sucedía hasta ahora y los que la hayan pagado podrán recuperar su dinero. Una sentencia del Tribunal Constitucional así lo establece.
Estimado Cliente.
Como es costumbre en nuestra casa y por supuesto su casa, queremos ofrecerle toda la cobertura jurídica que Ud necesite.
Por ello nuestros especialistas en derecho bancario, han elaborado un sencillo dossier por si quiere reclamar su claúsula suelo.
En estas fechas todos tenemos que estar de enhorabuena, la lotería de navidad nos toca a todos si o si. O eso nos quiere hacer creer Hacienda con eso de que… “Hacienda somos todos”.)
Los abuelos «tienen obligación de afrontar los gastos que generen sus nietos» si los padres carecen de medios.
Es bien sabido por todos que cada vez son más los abuelos que se hacen cargo de sus nietos, tanto por la difícil conciliación laboral y personal, como por la crisis económica que acontecemos. Pero esta vez, ha sido el Tribunal Supremo el que ha estipulado mediante una novedosa sentencia, que los abuelos tienen la obligación de sufragar los gastos de sus nietos, siempre y cuando los progenitores no puedan hacerlo al carecer de medios. Su fundamentación jurídica reside en los artículos 142 y 143 del Código Civil, estableciendo que están obligados recíprocamente a darse alimentos, consistiendo los mismos en lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, los ascendientes y descendientes del alimentista, siempre y cuando sus progenitores carezcan de medios para asumirlos.