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Nuevas modificaciones en materia de arrendamientos

Todos y cada uno de los contratos de arrendamiento que se firmen a partir del día 6 de marzo de 2019 deberán regirse por la nueva ley aprobada por el consejo de ministros a finales del mes de febrero de 2019, la cual deberá ser ratificada por el Consejo de los Diputados en el plazo de un mes.

Las principales novedades que se incluyen es esta nueva ley de arrendamientos afectan esencialmente a la duración de los contratos, al límite de actualización de las rentas durante los años que dure dicho contrato de arrendamiento, así como a los plazos de preaviso que deberán cumplir las partes para el caso en que arrendador o arrendatario quiera rescindir el contrato que tienen suscrito entre ambos y que aún se encuentra en vigor.

¿Cuáles son las principales modificaciones de la Nueva Ley de Arrendamientos?

Las principales modificaciones introducidas nueva ley de arrendamientos, y que afectan a los nuevos alquileres que se firmen tras su aprobación son las siguientes:

    1. Duración del contrato: Este es uno de los principales cambios introducidos por esta nueva ley, la prórroga de los contratos se amplía de tres a cinco años, siempre que el contrato, siempre que el arrendador del contrato de arrendamiento suscrito por las partes sea una persona física. Puesto que, para el caso de las personas jurídicas determina esta nueva modificación que el plazo podrá elevarse a siete años. Además, queda también modificada la prórroga tácita, pasando a de uno a tres años en los dos supuestos.
    2. Variación en la renta conforme al IPC: Esta modificación deriva en que ningún arrendador podrá subir la renta del alquiler más del IPC durante los años de vigencia del contrato; debiendo esperarse a la renovación de este para que se pueda elevar más el precio.
    3. Ampliación plazo de preaviso: El plazo de preaviso para la rescisión del contrato quedará fijado en cuatro meses.
    4. Venta del Inmueble: Para los casos en que se pretenda la venta de la vivienda se deberá respetar los plazos y las condiciones vigentes, aunque el contrato no esté inscrito en el registro de la propiedad.

    Además de estas modificaciones, la reforma de la ley de arrendamientos también modifica aquellas situaciones en las que fallece el arrendador, se establece que la fianza tendrá un limite de una mensualidad, pudiendo prestarse garantías adicionales, y se determina que los vecinos podrán prohibir el alquiler turístico.

    Estas modificaciones suponen un importante cambio en materia de arrendamientos urbanos, si desea conocer en profundidad como puede afectar cada una de estas modificaciones a su caso, no dude en ponerse en contacto con CELDRAN ABOGADOS para que un letrado especialista le asesore en su caso concreto.

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